Orientación para iglesias que acompañan a personas afectadas por cambios en el Estatus de Protección Temporal (TPS)
- Elket Rodríguez
- 9 jul
- 5 min de lectura

Ante las preguntas que muchas iglesias están recibiendo de personas afectadas por cambios en el Estatus de Protección Temporal (TPS), compartimos las siguientes orientaciones pastorales.
Principio fundamental
Las iglesias pueden brindar acompañamiento pastoral, apoyo práctico, información confiable y referencias a servicios legales de confianza. Sin embargo, no deben ofrecer asesoría legal ni recomendar qué alternativa migratoria debe seguir una persona. Cada situación migratoria es distinta y requiere una evaluación individual por parte de un abogado de inmigración o un representante acreditado por el Departamento de Justicia.
1. Recomendaciones
Promueva una consulta legal individual. Anime a las personas en movilidad humana afectadas por cambios en el TPS a buscar, lo antes posible, una consulta con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el DOJ. La terminación del TPS no determina automáticamente el futuro migratorio de una persona, y actuar con prontitud puede ayudar a preservar opciones legales que podrían perderse con el tiempo.
2. Refiera únicamente a proveedores legales confiables. Oriente a las personas únicamente hacia abogados de inmigración con licencia o representantes acreditados por el DOJ. Anímelas a evitar notarios, consultores migratorios u otras personas que prometan resultados garantizados o cobren honorarios excesivos. Si su iglesia no cuenta con referencias de confianza, utilice el National Immigration Legal Services Directory, que reúne organizaciones sin fines de lucro que ofrecen servicios legales gratuitos o de bajo costo.
3. Promueva la preparación familiar y la organización de documentos. Anime a las familias a organizar y resguardar de manera segura documentos de identificación, documentos migratorios, expedientes médicos, registros escolares y otra documentación importante. Las familias con niñas, niños o adolescentes también deberían elaborar un plan de preparación familiar que identifique personas cuidadoras de confianza, mantenga actualizados los contactos de emergencia y contemple aspectos médicos, escolares y financieros. Las iglesias pueden utilizar y compartir los recursos de preparación familiar disponibles en la página de CBF Immigration Advocacy para apoyar este proceso.
4. Fomente decisiones informadas. El miedo y la incertidumbre pueden llevar a tomar decisiones apresuradas. Anime a las personas a no firmar documentos migratorios, aceptar una salida voluntaria o tomar decisiones legales importantes sin haberconsultado previamente con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el DOJ.
5. Brinde acompañamiento pastoral y apoyo práctico. Las iglesias desempeñan un papel fundamental al caminar junto a las personas y familias mediante la oración, el acompañamiento pastoral, el apoyo emocional y espiritual, la transportación, el cuidado de niñas y niños, la asistencia alimentaria o económica cuando sea posible y otros gestos concretos de solidaridad y esperanza en momentos de incertidumbre.
6. Comparta únicamente información verificada. Las políticas migratorias continúan cambiando. Por ello, es importante compartir únicamente información proveniente de organizaciones legales confiables. Recomendamos consultar la página de CBF Immigration Advocacy y otras organizaciones de reconocida trayectoria, como el the Immigrant Legal Resource Center (ILRC) y el National Immigration Law Center (NILC), evitando difundir rumores o información no verificada en redes sociales.
Lo que las iglesias deben evitar
• Recomendar qué solicitud o beneficio migratorio debe presentar una persona.
• Completar formularios migratorios sin la autorización correspondiente.
• Interpretar leyes migratorias o emitir opiniones legales.
• Prometer resultados o predecir el desenlace de un caso.
• Referir a personas a consultores migratorios o notarios no calificados.
Recursos
Muchas de estas recomendaciones, así como materiales adicionales sobre preparación familiar, acompañamiento pastoral y referencias legales confiables, están disponibles en la página de CBF Immigration Advocacy. Las iglesias que acompañan a familias haitianas también pueden consultar los recursos comunitarios y las actualizaciones legales ofrecidas por Haitian Bridge Alliance
Las iglesias tienen una oportunidad única de acompañar a las personas en movilidad humana y a sus familias con compasión, esperanza, apoyo práctico y referencias confiables, siendo una presencia de hospitalidad y cuidado en medio de la incertidumbre.
Advertencia: Este recurso ofrece orientación pastoral y no constituye asesoría legal. Cada persona debe consultar con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ) para recibir orientación sobre su situación particular.
Tres decisiones importantes que modifican significativamente el panorama jurídico de la inmigración en Estados Unidos.
Durante las últimas semanas, el Tribunal Supremo emitió tres decisiones importantes que modifican significativamente el panorama jurídico de la inmigración en Estados Unidos. Dos de ellas fortalecen la capacidad del Poder Ejecutivo para restringir el acceso al asilo y poner fin a determinados programas de protección migratorias, mientras que la tercera reafirma que la ciudadanía por nacimiento continúa protegida por la Decimocuarta Enmienda de la Constitución.
Mullin v. Al Otro Lado, No. 25-5, 606 U.S. ___ (2026) ("Metering" o turnbacks)
El Tribunal Supremo resolvió que una persona que permanece del lado mexicano de un puerto de entrada aún no ha "llegado" a Estados Unidos para efectos de las disposiciones legales sobre asilo. Como consecuencia, el gobierno federal podrá implementar políticas como metering o turnbacks, permitiendo que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) limite o retrase el acceso al proceso de inspección y, con ello, el de solicitar asilo en los puertos de entrada.
Esta decisión podría reducir el acceso al procedimiento de asilo en los puertos de entrada, dejando a más personas varadas en ciudades fronterizas mexicanas y aumentando la presión sobre albergues, iglesias y organizaciones humanitarias. Es importante aclarar que el Tribunal no eliminó el derecho de solicitar asilo; simplemente permitió que CBP controle cuándo y cuántas personas pueden acceder al proceso de asilo en un puerto de entrada.
Mullin v. Doe, No. 25-1083, 606 U.S. ___ (2026) (Terminación del TPS)
El Tribunal Supremo permitió que la administración continúe con el proceso de terminación del Estatus de Protección Temporal (TPS) para beneficiarios de Haití y Siria mientras continúan los procesos judiciales. Aunque la decisión se refiere directamente al TPS de Haití y Siria, también podría dificultar futuras impugnaciones legales contra la terminación del TPS para otros países cuyos casos aún permanecen en los tribunales, entre ellos Afganistán, Birmania (Myanmar), Camerún, Etiopía, Honduras, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán del Sur, Venezuela y Yemen.
Si estas terminaciones finalmente entran en vigor, miles de personas podrían perder la protección contra la deportación y la autorización para trabajar en Estados Unidos. Esto probablemente aumentará la necesidad de consultas legales para explorar otras alternativas migratorias y generará una mayor demanda de apoyo pastoral, humanitario y económico por parte de iglesias, ministerios y organizaciones que acompañan a personas migrantes.
Trump v. Barbara, No. 25-365, 606 U.S. ___ (2026) (Ciudadanía por nacimiento)
El Tribunal Supremo resolvió que la Decimocuarta Enmienda (14ta) garantiza la ciudadanía por nacimiento a prácticamente todas las personas nacidas en Estados Unidos, independientemente del estatus migratorio de sus padres. Como consecuencia, declaró inválida la orden ejecutiva del presidente Trump que pretendía limitar ese derecho, reafirmando una interpretación constitucional vigente desde hace más de un siglo sobre la 14ta Enmienda.
Los niños nacidos en Estados Unidos continúan siendo ciudadanos estadounidenses conforme a la interpretación vigente de la Constitución. La decisión brinda certeza jurídica a miles de familias inmigrantes y mantiene intacto uno de los principios fundamentales del derecho constitucional estadounidense.
Escrito por: Elket Rodríguez, Defensor de Migración Global de CBF.




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