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OBSERVATORIO: Boletín Jurídico

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Demanda colectiva desafía detenciones de ICE en tribunales migratorios: un caso testigo sobre debido proceso y garantías constitucionales


Resumen ejecutivo

Una demanda colectiva interpuesta el 16 de julio de 2025 ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia marca un precedente crucial en la defensa del debido proceso legal (due process of law) frente a las prácticas de detención del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en cortes de inmigración.


Fundamento jurídico de la demanda

La querella —presentada por 12 inmigrantes, respaldados por organizaciones como Democracy Forward, RAICES, American Gateways, Lawyers' Committee for Civil Rights of the San Francisco Bay Area, y la Immigrant Advocates Response Collaborative alega plantea que el Gobierno federal está utilizando los tribunales migratorios como una herramienta de coerción o trampa para arrestar solicitantes de asilo, afectando el derecho de comparecer sin temor a represalias.


“El gobierno está utilizando como un arma los tribunales de inmigración, violando derechos fundamentales al debido proceso”, afirmó Skye Perryman, presidenta de Democracy Forward (AP News, 2025).

El debido proceso, consagrado en la Quinta Enmienda, protege a toda persona —sin importar su estatus migratorio— de ser privada de su libertad sin garantías legales adecuadas (U.S. Const. amend. V). Las detenciones sistemáticas tras audiencias migratorias vulneran este principio y establecen una práctica de entrampamiento judicial, en la cual el Estado induce engaña a las personas a cumplir la ley solo para capturarlas luego.


 Hechos denunciados

Según la demanda, desde mayo de 2025 agentes de ICE han detenido a cientos y posible miles de inmigrantes que acudieron a sus audiencias programadas en tribunales de inmigración, a menudo justo después de que el Departamento de Justicia solicita la desestimación de sus procesos. 


“Nuestros clientes no están escapando del sistema, están acudiendo al llamado del Estado. El hecho de que sean arrestados por ello representa una afrenta al orden jurídico”, sostuvo Priyanka GandhiAbriano, portavoz de Immigrant Advocates Response Collaborative (The Guardian, 2025).

Implicaciones legales y políticas

La demanda no solo busca la suspensión inmediata de estas prácticas, sino también un pronunciamiento judicial que declare su inconstitucionalidad, con implicaciones que podrían impactar:


  • Las directrices internas del ICE sobre “lugares sensibles” (Sensitive Locations Policy).

  • El acceso efectivo a representación legal, que se ve obstruido por el temor a la detención inmediata.

  • La legitimidad del sistema de cortes migratorias, ya debilitado por su dependencia del poder ejecutivo y la ausencia de autonomía judicial plena.


Conclusión 

El caso en curso representa un punto de inflexión en la defensa de los derechos civiles en el contexto migratorio. De ser favorable, establecería límites claros a las prácticas persecutorias de ICE en espacios judiciales, reafirmando que el respeto al debido proceso es piedra angular del sistema democrático, incluso en tiempos de tensiones políticas y migratorias.

Este litigio colectivo no solo interpela a los órganos judiciales sobre la legalidad de una política migratoria puntual, sino que también plantea una discusión profunda sobre el modelo de justicia migratoria en los Estados Unidos. Si bien el derecho migratorio admite amplios márgenes de discrecionalidad estatal, esta no puede ejercerse en detrimento de las garantías constitucionales mínimas, como el debido proceso, la protección contra detenciones arbitrarias y el acceso a la defensa legal efectiva.

La práctica de arrestar a inmigrantes en los mismos espacios donde buscan ejercer sus derechos constituye una forma de criminalización del cumplimiento. Este fenómeno erosiona la confianza en el sistema legal y profundiza el miedo estructural en las comunidades migrantes. Como lo evidencia la demanda, las cortes de inmigración están dejando de ser espacios de justicia para convertirse en escenarios de captura selectiva, situación que desnaturaliza su función constitucional.

Cabe destacar que, recientemente, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha emitido varias resoluciones que permiten a la administración Trump avanzar con medidas que restringen y desmantelan protecciones históricas a las personas en movilidad humana. Este respaldo judicial ha facilitado la continuidad de iniciativas orientadas a limitar el acceso a la ciudadanía por nacimiento, la protección contra la deportación a terceros países y el derecho a una revisión judicial efectiva antes de la deportación, consolidando una tendencia de profunda transformación y restricción del sistema migratorio estadounidense mientras persisten los litigios en curso.

Adicionalmente, este contexto de persecución institucionalizada tiene efectos psicoemocionales y espirituales devastadores. La constante amenaza de detención y deportación genera altos niveles de ansiedad, trauma complejo, sentimientos de culpa, desarraigo y desesperanza. Por ello, se hace urgente que organizaciones religiosas, redes de apoyo comunitario y profesionales de la salud mental fortalezcan estrategias de acompañamiento psicoespiritual, particularmente entre personas solicitantes de asilo, víctimas de persecución o familias separadas por estos operativos.

El acompañamiento psicoespiritual, entendido como una práctica que articula el consuelo emocional, la contención terapéutica y el fortalecimiento del sentido trascendente, es hoy una herramienta indispensable en la defensa integral de los derechos humanos en contextos de movilidad forzada. Como afirmó el teólogo latinoamericano Juan Luis Segundo, "la liberación del oprimido no puede limitarse a lo jurídico o lo político, sino que debe incluir su alma herida y su esperanza en ruinas”.

En consecuencia, este caso no solo debe observarse como un procedimiento judicial, sino como un llamado ético y humanitario a repensar la migración desde un enfoque garantista, restaurativo y compasivo, que reconozca la centralidad de la dignidad humana y la necesidad de construir sistemas que integren justicia legal y acompañamiento integral.



Fuentes consultadas

 
 
 

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